jueves, 15 de marzo de 2007

7 LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO.

PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO. Son la expresion anual, cifrada y sistematica, aprobada mediante ley votada en cortes, de las obligaciones que, como maximo, puedan reconocer el Estado y sus organismos autonomos y, en general de la totalidad de gastos de los diversos entes que integran el sector publico estatal, asi de la totalidad de ingresos que por unos y otros se prevea obtener en el correspondiente ejercicio.

LEY GENERAL PRESUPUESTARIA. Principios generales:
Del regimen de la hacienda publica.
De los presupuestos.
De la intervencion
De las operaciones financieras
Del tesoro publico
De la contabilidad publica
De las responsabilidades
De los presupuestos de la intervencion de la contabilidad de la seguridad social
De los entes territoriales

TITULOS DE LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO. Son los siguientes:
De la aprobacion de presupuestos y de sus modificaciones
De la gestion presupuestaria
De los gastos de personal
De las pensiones publicas
De las operaciones financieras
Normas tributarias
De los entes territoriales
Cotizaciones sociales

LEY DE ACOMPAÑAMIENTO. Son las medidas fiscales, administrativas y de orden social que acompañan a la ley de presupuestos generales del estado.

LEY DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA. Es la norma que regula el equilibrio presupuestario entre los gastos y los ingresos de las administraciones publicas.

CONTENIDO DE LOS PGE. Todos los gastos e ingresos del estado y sus organismos autonomos.

AMBITO. El estado, los organismos autonomos de carácter administrativo, los organismos autonomos de carácter comercial, industrial, financieros o analogo, la seguridad social, las sociedades estatales y los demas entes del sector publico estatal.

CICLO PRESUPUESTARIO. Se concreta en la fases de elaboracion, aprobacion, ejecucion y control.

Elaboracion Gobierno
Ministerio de economia y hacienda

Aprobacion Cortes

Ejecucion Gobierno

Control Intervencion general de la administracion
General del estado
Tribunal de cuentas

ELABORACION. Corresponde normativamente al gobierno. Los ministerios de economia y hacienda y trabajo y asuntos sociales les elaborara el proyecto de presupuestos generales del estado que se presentara en consejo de ministros para su posterior presentacion en el congreso de los diputados.

DISCUSION PARLAMENTARIA. Comienza a partir de la presentacion del proyecto de ley de presupuestos. El debate a la totalidad del proyecto de ley tiene lugar en el pleno de la camara. En dicho debate quedaran fijadas las cuantias globales de los estados de los presupuestos, terminado el debate, el proyecto sera inmediatamente remitido a la comision de presupuestos.

En el senado la discusion se regula en el debate en sesion plenaria, se inicia con un turno sobre la totalidad, en el que pueden intervenir los portavoces de todos los grupos. Seguidamente se someten a discusion los votos particulares mantenidos en comision.

APROBACION. Corresponde a las cortes generales, reunidas al efecto en un pleno, mediante una ley que debe de ser sancionada, por el rey y publicada en el BOE, con efectos desde el dia primero del año siguiente.